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Cambios Magnitudes Módulos 2016

Hoy viernes día 30 de octubre, se ha publicado al BOE la ley 48/2015 de Presupuestos Generales del Estado por el ejercicio 2016, que modifica las magnitudes para poder acogerse al régimen de “módulos”:

No podrán acogerse a módulos en los ejercicios 2016 y 2017 los contribuyentes que superen en el año anterior cualquiera de los siguientes límites:

 

Límite de facturación:

  • 250.000 € anuales sumando la facturación a empresas y a personas sin actividad económica.

En estos 250.000€ anuales, la facturación a empresas no podrá ser superior a 125.000 € anuales. En caso de superarlo quedaríamos excluidos aunque no llegáramos a los 250.000€.

 

Ejemplos:

Si el 2015 facturamos 120.000€ a empresas y 55.000€ a particulares, podremos seguir a módulos el 2016.

Si el 2015 facturamos 126.000€ a empresas y 10.000€ a particulares, quedaremos excluidos de módulos por el año 2016.

Si el 2015 facturamos 126.000€ a empresas y nada a particulares, quedaremos excluidos de módulos por el año 2016.

 

Límite en compra de corderos y servicios:

  • 250.000 € anuales. No incluiremos las inversiones, sólo corderos y servicios corrientes.

 

Por cualquier aclaración al respeto no duden al ponerse en contacto con nuestra asesoría.

 

Saludos

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